En un artículo anterior
hablé de cómo los bancos privados pueden crear dinero bancario a partir
del dinero legal que crean los bancos centrales. Puesto que fue un
artículo meramente introductorio simplifiqué algunas cosas al mismo
tiempo que me dejé determinados cabos sin atar (y varios lectores lo
hicieron notar en los comentarios). Con la intención de resolver las
dudas que se originaron voy a profundizar en el tema yendo incluso más
allá de lo resaltado por los lectores de forma que pueda ser útil para
todo aquel que esté interesado en el asunto de la creación de dinero.
Como hay bastante contenido voy a dividirlo en tres posts: en el primero
explicaré la creación de dinero legal por parte del banco central, en
el segundo me detendré en la creación de dinero bancario por parte de
los bancos, y en el tercero explicaré qué tipo de dinero es utilizado
por los bancos en cada una de sus transacciones. Suele ser un tema
engorroso pero trataré de hacerlo sencillo sin perder por ello ni una
pizca de rigor. A los que se animen a zambullirse en esta interesante
temática les adelanto que terminarán sabiendo y comprendiendo cosas que
suelen desconocerse o malinterpretarse (incluso por reconocidos
economistas).
Los bancos centrales crean dinero legal; son los únicos que
tienen autoridad para originar de la nada aquello que tiene validez para
realizar transacciones de todo tipo (comprar productos y servicios,
hacer inversiones, realizar pagos pendientes, etc). Absolutamente nadie
más puede crear dinero legal. Yo, por ejemplo, podría crear dinero
inventándome un material y un diseño, pero nadie me lo aceptaría como
medio de pago, al igual que ningún vendedor aceptaría billetes del juego
“Monopoly” a cambio de entregar su producto. El dinero legal sirve
porque todos los integrantes de una sociedad lo aceptamos como medio de
pago. Sabemos que con ese dinero en nuestras manos podremos realizar
transacciones porque el resto de personas confía en su validez. Y si
confiamos en la validez de este dinero legal es porque como sociedad le
hemos reconocido a una institución oficial (que se llama “banco
central”) el poder de crear el dinero.
Este dinero legal es en última instancia dinero en efectivo (monedas y
billetes), y yace en los bolsillos (o monederos, carteras, cofres…) de
los individuos y también en las cajas fuertes de los bancos. Pero
almacenar ingentes cantidades de monedas y billetes es muy costoso y
molesto para los bancos, y también lo es transportarlo de un sitio a
otro. Por ello, buena parte de este dinero legal no se conserva
físicamente en las cajas fuertes de los bancos, sino que los bancos lo
depositan en una cuenta del banco central correspondiente. De la misma
forma que un individuo guarda parte de sus ahorros en una cuenta de su
banco privado, un banco privado guarda parte de sus ahorros en una
cuenta del banco central. El banco central es, por así decirlo, el banco
de los bancos privados. Esto tiene importantes ventajas para los bancos
privados (¡las mismas que tenemos los individuos que depositamos
nuestro dinero en el banco!): se despreocupan de conseguir un espacio
para almacenar los billetes y monedas, se despreocupan de instalar
sistemas de vigilancia para que no sufran ningún robo, se despreocupan
de transportar el dinero en furgones blindados cada vez que tengan que
efectuar una transferencia bancaria de cualquier tipo, etc.
Imaginemos la mastodóntica cantidad de transferencias bancarias que
se pueden producir entre todas las instituciones de crédito que existen.
En vez de tener que transportar con cada operación el dinero físico de
un sitio a otro, lo que se hace es anotar las cantidades transferidas
(tecleando cifras) en las cuentas correspondientes del banco central. Si
el banco A le transfiere 1.000 euros al banco B, no envía ningún furgón
blindado con billetes para transportar el dinero, sino que en la cuenta
que tiene el banco A en el banco central vemos que la cifra
correspondiente disminuye en 1.000, mientras que la cuenta que tiene el
banco B en el banco central aumenta en 1.000. Son simples anotaciones
electrónicas; no hay ningún traslado de dinero físico. De hecho, ¡ni
siquiera existe ese dinero físico al que representan los dígitos!
Pero no podemos olvidar que todas estas cifras electrónicas tienen
validez: están respaldadas por el banco central. Visualmente son simples
números que aumentan y disminuyen, pero en la práctica funcionan como
medio de pago útil (con estos números se pueden comprar cosas, efectuar
pagos, realizar inversiones…). Yo podría escribir en un papel el número
“1.000”, pero no me serviría para nada porque nadie aceptaría mi papel
como medio de pago. En cambio, si lo hace el banco central sí sirve,
porque es la institución encargada de crear dinero. A mí nadie me ha
otorgado ese poder. Al banco central sí.
Planteémoslo de una forma más gráfica para una mejor comprensión.
Imaginemos el caso extremo en el que un banco privado tuviese que
entregar todo su dinero legal a sus clientes en mano. Los billetes y
monedas que tuviese en su caja fuerte los entregaría directamente. El
resto del dinero, que no está allí físicamente sino que sólo existe como
simples anotaciones digitales en la cuenta que mantiene el banco en el
banco central, tendría que ser fabricado por el banco central. Pero lo
haría, porque al ser dinero legal está respaldado por la institución. Es
dinero válido, y si por cualquier circunstancia hubiese que manejarlo
en forma de billetes y monedas el banco central se encargaría de poner
en funcionamiento las máquinas de impresión.
Hasta ahora hemos hablado del dinero legal, que es el dinero en
sentido estricto (al cual el banco central le reconoce validez). En el próximo post hablaremos del dinero bancario (el que crean los bancos).
Eduardo Garzón
Saque de Esquina
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