Madrid, 27 de febrero de 2008 .-
En los últimos días se está conociendo la trascendencia de las investigaciones llevadas a cabo por las autoridades fiscales alemanas en relación con el fraude cometido mediante la utilización en Liechtenstein en su condición de paraíso fiscal, en donde figuran implicados también ciudadanos o empresas españolas, como ha
Las características de opacidad y anonimato de los paraísos fiscales los convierten en territorios que se utilizan para ocultar todo tipo de rentas, incluidas las provenientes de actividades delictivas, como el terrorismo, tráfico de armas y drogas. Sin embargo, resulta extraordinariamente extraño que un puñado de pequeños países puedan tengan en jaque al resto del mundo y más aún cuando se ha demostrado que los paraísos fiscales se han utilizado también en numerosas ocasiones en actividades tan graves como la financiación del terrorismo y del narcotráfico.
Los Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) no se sorprenden ante el descubrimiento del caso de Liechtenstein, ni siquiera cuando se conozcan los detalles de las personas implicadas o de los volúmenes de fondos de dinero negro canalizados hacia dicho país porque la utilización de los paraísos fiscales para evadir impuestos, en cuantías que suponen la cuarta parte de toda la riqueza mundial, es una práctica a la que ningún Estado parece dispuesto a poder límites.
IHE cree que resultaría muy fácil aislar y ahogar financieramente y, por tanto, eliminar la posibilidad de utilizar a determinados territorios como paraísos fiscales, si el Tratado Constitutivo de
En el ámbito de
MEDIDAS NECESARIAS EN
La medida más importante y efectiva que sería necesario adoptar es la reforma del artículo 56 del Tratado Constitutivo de
En este sentido, una medida coherente que debería llevar a cabo el Gobierno español sería la propuesta a las Instituciones Europeas de dicha modificación para que los ciudadanos y empresas de países pertenecientes a
Ningún Estado miembro puede adoptar de forma unilateral medidas que supongan la restricción de movimientos de capitales con los países calificados como paraísos fiscales. Por ello, en el caso español, de poco han valido las medidas antiparaíso existentes en nuestra legislación, y, en concreto, que Liechtenstein esté incluido en la lista de 48 territorios calificados como paraísos fiscales en el Real Decreto
De forma supletoria, y mientras no se adoptara dicha medida por
Medida 1. Establecer un impuesto especial sobre movimientos de fondos con los territorios calificados como paraísos fiscales.
Medida 2. No reconocer, en la legislación mercantil y fiscal española, personalidad jurídica para intervenir en el tráfico mercantil a las sociedades constituidas en paraísos fiscales.
Medida 3. Modificar la legislación bancaria, estableciendo la prohibición de que las entidades bancarias españolas puedan tener filiales o sucursales en territorios calificados como paraísos fiscales.
Subsidiariamente, obligar a los bancos españoles a informar a las autoridades tributarias de las operaciones de sus filiales o sucursales en paraísos fiscales, en los mismos términos que sus propias operaciones realizadas en territorio nacional
Medida 4. Modificar la regulación del delito fiscal en el Código Penal para agravar las penas cuando el fraude fiscal se cometa mediante la utilización de paraísos fiscales.
Medida 5. Llevar a cabo un plan de comprobación de empresarios, profesionales, artistas y deportistas con residencia en paraísos fiscales.
Pero si a los ciudadanos españoles y a los medios de comunicación les interesa especialmente conocer la identidad de las personas implicadas, a los profesionales de inspección lo que nos preocupa es ver el resultado final de este entramado fiscal.
A la vista de casos precedentes, es muy posible que los ciudadanos asistan atónitos dentro de 10 o 12 años a la imposición de unas condenas por Delito Fiscal que no supondrán el ingreso en prisión para nadie y que se saldarán con multas que con toda probabilidad y si no se modifica la actual legislación pagarán, en parte, con el dinero existente en el paraíso fiscal.
Todas estas medidas han sido propuestas en los últimos años y en numerosas ocasiones por Inspectores de Hacienda del Estado, tanto al Gobierno de turno como
Para IHE mientras no se adopten las medidas propuestas y otras de igual calado, seguirán saltando a la actualidad nuevos casos como el destapado en Alemania y otros países, que no suponen una brillantez en los resultados contra el fraude fiscal, sino todo lo contrario.
Departamento de Comunicación
Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado
Teresa Nevado
Tel. 91 5500204
www.inspectoresdehacienda.org
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