· Estas empresas califican los productos financieros, deuda pública, que emite España y, al mismos tiempo, están presentando servicios de calificación a las entidades compradoras sin que en esas calificaciones se les penalice por comprar la “descalificada” deuda española, utilizando aquí el término “descalificada” en función de las rebajas de calificación que realizaron.
· Hay un efecto directo entre las revisiones a la baja de España por parte de estas agencias de calificación y el encarecimiento de la financiación del Estado a través de la emisión de deuda pública. Con lo cual, estas agencias tienen la capacidad de manipular el precio del dinero, bien mueble por excelencia y “cosa” a los efectos de esta querella, encareciendo el costo de la financiación que busca nuestro estado.
· Mediante la rebaja en la calificación de deuda estatal realizada por las mismas y su difusión, dichas agencias han puesto en duda la solvencia de las arcas públicas y la solidez del conjunto de la economía española no así de las entidades crediticias o financieras que adquieren dicha deuda y que, además, son clientes de las propias querelladas.
· Se han aportado indicios suficientes, y más que razonables, para relacionar la divulgación y publicidad de los informes de estas agencias con reacciones exageradas y anómalas de los mercados que claramente distorsionan el valor de los productos financieros, trastocando a su vez el mecanismo natural de fijación de los precios.
· Los beneficios de 3.000 millones de euros anuales con márgenes de hasta un 50% que generan las querelladas y el encarecimiento de la deuda, se produce por la alteración en el precio de los productos financieros y deuda estatal realizada por las querelladas.
· No se trata de que estemos ante un sector de la economía que actúa en función de las posibilidades que esta les brinda para enriquecerse, lo que es legal en nuestro país sino, específicamente, de unas empresas que modulan, manipulan y generan situaciones, contraviniendo la legalidad penal, para obtener unos beneficios tanto directos como indirectos. Gran parte de esta actividad se desarrolla en función de la opacidad con la que operan estas querelladas en un segmento determinado de la actividad empresarial cuyo único fin no es otro que el de manipular y alterar los precios de los instrumentos financieros.
· Para demostrar el grave daño a los intereses generales basta remitirnos a un hecho público y notorio, es decir exento de prueba, como es la actual situación que atraviesa el conjunto de la economía española y a cuya situación no son ajenas las prácticas que aquí estamos denunciando.
· Existe una tendencia generalizada a culpabilizar a los mercados de la situación económica actual pero, en términos de dinámica jurídico-penal es perfectamente asumible que el concepto indeterminado de “mercado” a los efectos de los actos aquí descritos tienen nombre, apellidos y razón social.
Puedes acceder al texto íntegro de la querella criminal contra Moody's, Standards & Poor's y Fitch Ratings y suscribirla:
http://stoprating.blogspot.com/
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